Por unanimidad de votos, con el voto de salvedad del magistrado Indalfer Infante Gonzales y el voto concurrente del magistrado José Luis Vargas Valdez, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la inexistencia de la infracción consistente en la realización de actos anticipados de precampaña y campaña atribuibles al secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández, con motivo de la conferencia impartida el 16 de julio del 2022, en el evento denominado Expo Guadalajara.
El asunto se originó porque Jorge Álvarez Máynez, denunció al secretario de Gobernación y a Morena por una supuesta reunión con empresarios efectuada el 15 de julio y por una conferencia impartida el 16 del mismo mes en el evento denominado Expo Guadalajara, Jalisco. Además, por la colocación de espectaculares con la frase #AdanVa, pues el denunciante consideró los hechos y actos denunciados como una estrategia sistemática de posicionamiento que se trata de actos anticipados de precampaña y campaña, así como de difusión de propaganda gubernamental personalizada.
Al respecto, la Sala Regional Especializada determinó, entre otras cuestiones, la inexistencia de la infracción consistente en la realización de actos anticipados de precampaña y campaña, al no actualizarse el elemento temporal, al haberse realizado el evento el 16 de julio pasado, es decir, fuera del proceso electoral federal.
Asimismo, tuvo por acreditado el elemento personal pero no el elemento subjetivo, pues no hubo un llamamiento expreso o inequívoco a votar por el servidor público denunciado en el próximo proceso electoral federal, ni se actualizaron equivalentes funcionales. Esto, dado que el servidor posicionó un movimiento político del que forma parte y no una plataforma electoral, ni aspiraciones políticas individuales.