En data reciente, se conoció que la Corte Constitucional de Colombia emitió un fallo el pasado 15 de mayo que amenaza el derecho al aborto en el país, al afirmar que la interrupción voluntaria del embarazo “ni está legalizada”, ni es un “derecho fundamental”, ni el sistema de salud público tiene la obligación de garantizarlo fuera de los tres supuestos aprobados en 2006: violación, riesgo de muerte de la madre o malformación del feto.
El año pasado, esta institución despenalizó el aborto hasta la semana 24 de embarazo en una sentencia que fue calificada como histórica, pero el nuevo dictamen, promulgado apenas 16 meses después, introdujo limitaciones para el ejercicio de este derecho.
En concreto, aunque se mantiene intacta la posibilidad de que las mujeres gestantes puedan acudir al sistema de salud a solicitar una interrupción voluntaria del embarazo (IVE) hasta la semana 24, la resolución también abre la puerta para que los prestadores de salud se nieguen a practicarlo.
La Corte sostiene que “deben ponderarse las razones alegadas en cada caso, frente a la obligación de proteger la vida en gestación”, lo que en la práctica socava la posibilidad de interponer acciones de tutela como las que emprendían diversas entidades de la sociedad civil ante los tribunales, que habitualmente acababan con una decisión que ordenaba la IVE en menos de cinco días.
El nuevo fallo choca con las disposiciones del Ministerio de Salud, que tras la sentencia de 2022 emitió la Resolución 051 de 2023, en la que se disponen todas las condiciones necesarias para que las mujeres puedan acceder a la IVE dentro del sistema de salud.
A tales efectos, el Ministerio ordenó que cualquier Entidad Promotora de Salud (EPS) o Institución Prestadora de Servicios (IPS) tiene la obligación de prestar el servicio de IVE o la derivación a otro organismo habilitado para ello.
El Colectivo Causa Justa, uno de los que encabezó la demanda que logró la despenalización del aborto, criticó el nuevo fallo argumentando que establece nuevas trabas para el ejercicio de este derecho.
Así, tras conocer la noticia, la organización informó que había enviado una carta a la Corte solicitando la nulidad de oficio de la sentencia T-158 de 2023, porque “desconoce otras sentencias emitidas por el mismo tribunal con estándares que protegen el acceso al aborto y que hoy siguen vigentes”.
En 2022, el movimiento feminista colombiano se anotó una victoria cuando la Corte Constitucional promulgó una nueva sentencia que ampliaba la despenalización del aborto a partir de los tres supuestos aprobados en 2006.
La resolución, que fue aprobada con cinco votos a favor y cuatro en contra, establece la despenalización de la IVE hasta la semana 24 de gestación de gestación sin ningún requisito más allá del deseo de interrumpir el embarazo.