La Audiencia de Barcelona ha condenado al futbolista Dani Alves a 4 años y medio de cárcel por violar a una joven en el baño de un reservado de la discoteca Sutton de Barcelona la noche del 30 diciembre de 2022, forzando la voluntad de la víctima con uso de la violencia.
En la sentencia, la sección 21 de la Audiencia condena por un delito de agresión sexual a Alves, que ya lleva poco más de un año en prisión preventiva, a cuatro años y medio de cárcel, cinco de libertad vigilada y nueve de alejamiento de la víctima, a la que deberá indemnizar con 150.000 euros.
En el juicio, que se celebró los pasados días 5 y 7 de febrero, la Fiscalía pidió nueve años de cárcel para Alves y la acusación particular, doce, aunque la sala la fija finalmente en cuatro años y medio al aplicarle la atenuante de reparación del daño y el Código Penal vigente cuando violó a la víctima, que era la inicial ley del solo sí es sí de la exministra Irene Montero.
La sala rechaza la atenuante de embriaguez que planteó la defensa, concluye que se ha acreditado que Alves, haciendo uso de su mayor fuerza, cogió bruscamente a la víctima, la tiró al suelo y, evitando que se pudiera mover, la violó, pese a que la denunciante decía que no, que se quería ir.
Según la Audiencia, al encontrarse la víctima en un pequeño aseo sin posibilidad de salida, al impedírselo Alves, y ante la actitud violenta que este mostraba, se sintió impresionada y sin capacidad de reacción, llegando a sentir que le faltaba el aire dada la situación de angustia y terror ante lo que estaba viviendo.
La sala no albergó ninguna duda de que se produjo la violación y de que Alves utilizó la violencia, ya que el relato de la víctima respecto de lo que ocurrió en el interior del baño ha sido coherente y especialmente persistente y además se ve apuntalado por suficientes pruebas periféricas, como las lesiones que sufrió en una rodilla, por las que también impone al futbolista una multa de 9.000 euros.
La sala apunta que la credibilidad del relato de la víctima de cómo se produjo la violación no se ve afectada por algún déficit que han detectado en su declaración sobre lo ocurrido antes de acudir al baño, ya que hay aspectos que no coinciden con lo que se ve en las imágenes de seguridad de la discoteca.
Se concluyó que la víctima acudió voluntariamente a la zona de baño con el propósito de estar con Alves en un espacio más íntimo y que desde el lugar en el que se encontraba podía saber que se dirigía a un espacio cerrado.
Sin embargo, afirma que el hecho de que la víctima hubiese bailado de manera insinuante con Alves o que pudiera abrazarse con él no puede hacerles suponer que prestaba su consentimiento a todo lo que posteriormente pudiera ocurrir.
La abogada de Dani Alves, Inés Guardiola, ha anunciado que recurrirá la sentencia con el objetivo de defender la inocencia hasta el final, dijo a los medios que el futbolista está entero tras haber conocido el resultado de la sentencia, pero ha evitado profundizar mucho más sobre el contenido del escrito hasta que lo pueda estudiar.