El Tribunal de Justicia de la Unión Europea emitió su fallo después de que un tribunal federal alemán solicitara su opinión en un caso contra una cadena de farmacias que vendía un desinfectante para manos, piel y superficies con una etiqueta que, entre otras cosas, lo declaraba amigable para la piel.
La Asociación Alemana para la Protección contra la Competencia Desleal argumentó que la cadena de farmacias dm no cumplió con una normativa de la UE sobre productos biocidas.
El tribunal dijo que la regulación prohíbe promocionar dichos productos llamándolos biocidas de bajo riesgo, no tóxicos, inofensivos, naturales, respetuosos con el medio ambiente o respetuosos con los animales, o cualquier indicación similar.
El tribunal de la UE determinó que amigable con la piel tiene connotaciones positivas que evitan sugerir cualquier riesgo y puede implicar que el producto podría ser beneficioso para la piel.
“Semejante indicación es de naturaleza engañosa, lo que justifica la prohibición de su uso en la publicidad del biocida en cuestión”, afirmó el tribunal en un comunicado.