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Chihuahua se convirtió en el estado número 21 del país en despenalizar el aborto voluntario hasta las 12 semanas.

La Suprema Corte de Justicia de México (SCJN) invalidó las leyes que prohíben el aborto voluntario y los requisitos para acceder al aborto por violación en Chihuahua, tras la negativa del Congreso estatal a legislar pese a una orden judicial.

Chihuahua se convirtió en el estado número 21 del país en despenalizar el aborto voluntario hasta las 12 semanas, pero, a diferencia de los anteriores, fue por decisión de la Corte y no del Congreso.

La Declaratoria General de Inconstitucionalidad 1/2024, resuelta por la SCJN, determina la invalidez inmediata de los artículos 143 -párrafos primero y segundo-, 145 y 146, así como el proemio y la fracción I del Código Penal del estado.

Ya no será necesario que el Congreso legisle para despenalizar el aborto, pues la sentencia tiene efecto inmediato y anula las prohibiciones y requisitos impugnados, según explicaron organizaciones proaborto en un comunicado.

Explicaron que al tratarse de normas penales, la Declaratoria tiene efectos retroactivos, de acuerdo con el último párrafo del artículo 234 de la Ley de Amparo.

“Esto significa que el estado tiene la obligación de concluir cualquier proceso de investigación penal o ejecución de sentencia en contra de personas que hayan abortado voluntariamente”, advirtieron en un boletín firmado por las organizaciones Marea Verde Chihuahua, Red de Aborto Seguro Chihuahua, Morrxs Autonomxs, Abortistas Mx y Cheros.

Agregaron que al eliminarse las barreras legales, el Estado debe proveer, sin excusas, el servicio de aborto voluntario y aborto por violación porque son servicios de salud a que tienen derecho las mujeres y otras personas con posibilidad de gestar.

La resolución de la SCJN tiene como antecedente el Amparo en revisión 666/2023 concedido a una mujer que impugnó dichos artículos por violar sus derechos, por lo que la Corte ordenó al Congreso reformar el Código Penal en un plazo de 90 días, el cual venció a inicios de 2024.

Se inició la declaratoria de inconstitucionalidad, presentada por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, estableciendo un precedente al ser la primera vez que la Corte aplica este procedimiento en un caso de aborto.

Alessa Rey, de Marea Verde Chihuahua, explicó que esta decisión complementa sentencias de amparo previas que ordenan a la Secretaría de Salud del estado proporcionar el aborto voluntario sin necesidad de juicio de amparo.

Precisó además que la declaratoria establece la invalidez de la prohibición del aborto dentro del “plazo breve”, lo cual se interpreta como dentro del límite de las 12 semanas.

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